Gracias al Convenio que tiene suscrito FEDEPROL CÓRDOBA con GREENSUR (IBERDROLA), todos nuestros asociados se pueden aprovechar del Asesoramiento Comercial que prestamos TODOS LOS MIERCOLES en nuestras oficinas, donde le asesoraremos sobre las últimas novedades del Mercado Eléctrico. En base a esto, paso a informaros sobre la REDUCCION DEL 85% DEL IMPUESTO ELECTRICO.
El pasado 28 de noviembre se aprobó la Ley 28/2014 que introduce modificaciones sobre la Ley del Impuesto Eléctrico que implica diferentes actuaciones por nuestra parte, y también para los clientes, que pasamos a describir:
1.- Cambios Ley Impuesto Eléctrico
Nuevos supuestos susceptibles de tener una reducción del 85% de la base imponible del Impuesto Eléctrico (su art. 98):
- d) Actividades industriales cuya electricidad consumida represente más del 50 por ciento del coste de un producto.
- e) Riegos agrícolas.
- f) Actividades industriales cuyas compras o consumo de electricidad representen al menos el 5 por ciento del valor de la producción.
2.- Qué tienen que hacer los clientes ante Hacienda
Los clientes que consideren que pueden acogerse a los nuevos supuestos recogidos en la el art.98 de la Ley 28/2014, apartados d) e) f), deben inscribirse en el registro territorial de la Oficina Gestora de Impuestos Especiales que les corresponda y presentar la documentación que se les requiera. La Oficina Gestora le facilitará una tarjeta CIE. (Córdigo Identificación de la Electricidad)
Los clientes que ya tenían exención del IE (fuera del 100 o del 85%) también deben solicitar la nueva tarjeta CIE.
Si quiere que le asesoremos en este tema, llame a
FEDEPROL CÓRDOBA Y SOLICITE CITA CON
NUESTRO ASESOR COMERCIAL DE GREENSUR
(TODOS LOS MIERCOLES)